DECRETO 114/2018, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2019 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las fiestas laborales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles para el año 2019 en la Comunidad Autónoma de Aragón, serán las siguientes:
- 1 de enero, martes, Año Nuevo.
- 7 de enero, lunes, en sustitución del día 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 18 de abril, Jueves Santo.
- 19 de abril, Viernes Santo.
- 23 de abril, martes, San Jorge, Día de Aragón.
- 1 de mayo, miércoles, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, jueves, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, sábado, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, viernes, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, viernes, Día de la Constitución Española.
- 9 de diciembre, lunes, en sustitución del día 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, miércoles, Natividad del Señor.
… y las que se determinen como fiestas locales por la autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Pleno de los ayuntamientos correspondientes.